Disposiciones generales

Disposiciones generales:

1. Los lineamientos establecidos en esta política son de acatamiento obligatorio, por lo que los colegiados, visitantes y colaboradores deben cumplir fielmente, en caso de infracciones se expone a medidas según lo establecido en el punto general 10 de la POL-PRO-CCR01.

2. Los centros recreativos estarán bajo la responsabilidad de un encargado, quien tiene la potestad para:

a. Resolver situaciones imprevistas que surjan en las instalaciones, de conformidad con esta política.
b. Cerrar o prohibir el acceso a cualquier área o servicio del centro recreativo y cultural, cuando la conservación del mismo o la integridad física de las personas estén en riesgo.

3. El uso de las instalaciones de los centros de recreo será gratuito para personas colegiadas que se encuentren al día con sus obligaciones, así como para sus familiares, siempre y cuando presenten el carné familiar vigente.

4. La persona colegiada podrá invitar a los centros de recreo a un máximo de tres acompañantes, quienes cancelarán la cuota de ingreso estipulada por la Junta Directiva, los familiares mayores de edad con carné, previa presentación de su documento de identidad, podrán ingresar con un invitado quien cancelará la cuota de ingreso. Se exonera de este pago a los ciudadanos de oro (mayores de 65 años), previa presentación de la cédula de identidad o del carné respectivo y a los niños menores de 6 años, ambos contarán como parte de los 3 invitados.

5. En caso de que los familiares no porten su carné, podrán ingresar como invitados en compañía del colegiado, previa cancelación de la entrada respectiva.

6. En temporada alta solo se aceptará una entrada de cortesía por persona, considerando temporada alta los siguientes periodos:

a. Semana Santa.
b. Vacaciones de medio periodo.
c. Vacaciones de fin y principio de año (a partir del 16 de diciembre y hasta la primera semana de febrero).

7. Los colaboradores del Colegio podrán hacer uso de los centros recreativos y sus servicios en las mismas condiciones que las personas colegiadas, excepto el alquiler de cabinas en temporada alta (ver punto 6 anterior) y el uso del gimnasio en el horario de 4:00 p. m. a 9:00 p. m. de lunes a viernes, los familiares de los colaboradores no pueden utilizar el gimnasio en ninguna franja horaria.

8. Obligaciones de las personas colegiadas que ingresan a las instalaciones de los centros recreativos:

a. Presentar su carné vigente o cédula de identidad y el carné de sus familiares, sin documento de identificación no se permite el ingreso.

b. Velar por la seguridad de los menores de edad, personas con necesidades especiales y/o adultos mayores que lo acompañan, el Colegio no se hará responsable de accidentes ocurridos dentro de las instalaciones por descuido o negligencia de la persona colegiada.

c. Velar por la seguridad de sus pertenencias, el Colegio no se hace responsable por robo, pérdida o deterioro de artículos dejados en las instalaciones sin la vigilancia de su propietario.

d. Mantener una conducta respetuosa y acorde con la naturaleza familiar del centro recreativo, actuando siempre dentro del marco de la moral y las buenas costumbres, así como contribuir a la sana convivencia.

e. Responder por el comportamiento y los daños que cause directamente, o los que hayan sido producidos por sus familiares y/o invitados.

f. Respetar la demarcación de las áreas tales como: parqueo, zona de camping, entre otras.

g. Respetar los horarios establecidos para el uso de las instalaciones.

9. Prohibiciones para los usuarios:

a. El ingreso de grupos de estudiantes.

b. El ingreso con cualquier tipo de arma, drogas de uso prohibido, y/o artefactos que puedan causar daños a terceros o las instalaciones.

c. El uso de áreas no habilitadas en horas nocturnas (todas a excepción de salón y sauna), por seguridad de los visitantes.

d. Las escenas amorosas contrarias a la moral y a la naturaleza familiar de los centros de recreo.

e. Consumo excesivo de licor (con esto se hace referencia a un consumo de licor que genera un desajuste en la actitud personal, escándalo y demás acciones que se salgan del marco moral y respeto).

f. Utilizar las instalaciones (centros de recreo y salones) para actividades de carácter político electoral regulados bajo la disposición del “Código Electoral de Costa Rica” y el Reglamento de Elecciones del Colegio, ni para actividades con fines de lucro, empresariales o de grupos de estudiantes.

g. El uso de equipos de sonido con volumen superior a 70 decibeles en el día y en la noche a 45 decibeles, que perturben la tranquilidad de los demás colegiados. En concordancia con el “Reglamento para el Control de la Contaminación por Ruido N.° 39428-S” del 23 de noviembre de 2015 y en la Directriz DM-CB-1327-2019 sobre los límites de sonido en decibeles. Esta medición la realiza con una aplicación en su celular el encargado del centro recreativo.

h. Fumar en cualquier área de los centros de recreo, de acuerdo con la Ley N.º 9028 “Ley General de control del tabaco y sus efectos nocivos para la salud”. Así como el uso de vaporizadores.

i. Cancelar el monto de las reservaciones de cabinas, camping y ranchos directamente en los centros de recreo.

j. El uso de leña, gas y/o cualquier otro elemento de combustión diferente al carbón en las parrillas.

k. Cualquier tipo de conducta de colegiados o invitados que atente contra el orden, la moral, las buenas costumbres o cualquier otro comportamiento que afecte el funcionamiento normal del centro recreativo.

10. A los usuarios de los centros de recreo y/o el gimnasio de acondicionamiento físico que contravengan las disposiciones, obligaciones y prohibiciones establecidas en esta política, se aplicarán las siguientes medidas:

a. Llamada de atención realizada por el encargado del centro recreativo.

b. Retiro inmediato de las instalaciones, con apoyo de la policía si esta fuera necesaria.

c. Suspensión del uso de los centros de recreo, de acuerdo con la gravedad del caso y previa valoración de Junta Directiva.

Las acciones tomadas en los incisos a y b deben quedar registradas en la bitácora respectiva y elevadas a la jefatura correspondiente.

11. Cuando los equipos deportivos oficiales del Colegio realicen partidos presentarán una lista con los jugadores y cuerpo técnico del equipo visitante (máximo 25 personas), para que estos sean exonerados del pago de la entrada respectiva. Cuando el partido sea contra un equipo de otro colegio profesional, a los integrantes del equipo visitante se les permite el ingreso de un acompañante quien debe cancelar la cuota de ingreso respectiva. El ingreso será máximo una hora previa al partido, dando prioridad de uso a la cancha de fútbol ubicada dentro del centro de recreo.

12. El Colegio realizará el préstamo de las instalaciones para actividades de personal docente y administrativo de centros educativos, siempre y cuando al menos el 60% de las personas participantes sean colegiadas y se verifique adjuntando la lista con los nombres y números de cédula. Dicha reservación debe hacerse con un mínimo de 15 días naturales y un máximo de 6 meses de anticipación y será aprobado o rechazado por el Director(a) Ejecutivo(a). El colegiado encargado de dicha actividad firmará el respectivo contrato de préstamo.

13. El horario de los centros de recreo es el siguiente:

Centro Recreativo y Cultural Alajuela:

  • Zonas verdes, canchas deportivas, sala de juegos: de martes a domingo, de 9:00 a. m. a 5:00 p. m.
  • Piscinas: de martes a domingo, de 9:00 a. m. a 5:00 p. m.
  • Aguas temperadas y saunas: martes, jueves, sábado, domingo y feriados de 9:30 a. m. a 5:00 p. m., miércoles y viernes, de 9:30 a. m. a 7:45 p. m.
  • Gimnasio: de lunes a viernes, de 6:00 a. m. a 9:00 p. m.; sábados, domingos y feriados, de 6:00 a. m. a 1:00 p. m. jornada continua.

No se permite la permanencia de menores de edad luego del cierre del centro recreativo a las 5:00 p. m. Posterior a esta hora solo se permite el ingreso por edades según se establece en el punto general 14 de esta política.

Centro Recreativo y Cultural San Carlos (Bajo Los Rodríguez):

  • Zonas verdes, canchas deportivas, sala de juegos: de martes a domingo, de 9:00 a. m. a 5:00 p. m.
  • Piscina: de martes a domingo de 9:30 a. m. a 5:00 p. m. En caso de usuarios hospedados podrán utilizar la piscina hasta las 7:00 p. m. durante todo el año.
  • Cabinas y camping: entrada de 3:00 p. m. a 7:00 p. m. y salida máxima 12:00 m. (en casos excepcionales la Administración resolverá).

Centro Recreativo y Cultural Brasilito:

  • Zonas verdes: de martes a domingo, de 9:00 a. m. a 5:00 p. m.
  • Piscina: de martes a domingo, de 9:30 a. m. a 5:00 p. m. En caso de usuarios hospedados podrán utilizar la piscina hasta las 7:00 p. m., en temporada alta de martes a domingo de 9:30 a.m. a 9:00 p. m.
  • Cabinas y camping: entrada de 3:00 p. m. a 7:00 p. m. y salida máxima 12:00 m. (en casos excepcionales la Administración resolverá).

Centro Recreativo y Cultural Cahuita:

  • Zonas verdes: de martes a domingo, de 9:00 a. m. a 5:00 p. m.
  • Piscina: de martes a domingo, de 9:30 a. m. a 5:00 p. m. En caso de usuarios hospedados podrán utilizar la piscina hasta las 7:00 p. m. durante todo el año.
  • Cabinas y camping: entrada de 3:00 p. m. a 7:00 p. m. y salida máxima 12:00 m. (en casos excepcionales la Administración resolverá).

Centro Recreativo y Cultural Pérez Zeledón:

  • Zonas verdes, canchas deportivas: de martes a domingo, de 9:00 a. m. a 5:00 p. m.
  • Piscina: de martes a domingo, de 9:30 a. m. a 5:00 p. m. En caso de usuarios hospedados podrán utilizar la piscina hasta las 7:00 p. m. durante todo el año.
  • Cabinas: entrada de 3:00 p. m. a 7:00 p. m. y salida máxima 12:00 m. (en casos excepcionales la Administración resolverá).

Centro Recreativo y Cultural Cartago:

  • Zonas verdes, canchas deportivas: de martes a domingo, de 9:00 a. m. a 5:00 p. m.

Centro Recreativo y Cultural Puntarenas:

  • Zonas verdes, canchas deportivas y piscina: de martes a domingo, de 9:00 a. m. a 5:00 p. m.

Centro Recreativo y Cultural de Turrialba:

  • Zonas verdes, canchas deportivas y piscina: de martes a domingo, de 9:00 a. m. a 5:00 p. m.

14. La edad permitida para los diferentes servicios de los centros recreativos es:

  • Ingreso a los centros de recreo: mayores de 17 años con carné no requieren acompañante, a excepción del gimnasio cuya edad mínima es de 18 años.
  • Uso de aguas temperadas: de 15 años hasta 17 años acompañados de un adulto responsable, o mayores de 17 años sin acompañante.
  • Piscina de niños: máximo 12 años.
  • Uso del gimnasio: mayores de 18 años con documento de identidad y su carné familiar.
  • Sala de juegos: las mesas de billar únicamente podrán ser utilizadas por personas mayores de 17 años, las de ping pong por personas mayores de 10 años y los futbolines a partir de los 5 años de edad.
  • Sauna y jacuzzi: únicamente para mayores de 18 años.

15. En atención al artículo 43 de la Ley 7600,” Ley de igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad”, se dispondrá de al menos un 5% del total de espacios destinados expresamente para estacionar vehículos conducidos por personas con discapacidad o que las transporten, estos vehículos deberán contar con una identificación y autorización expedida por el Ministerio de obras públicas y transporte. Además, de acuerdo al artículo 96 de la Ley 9078 “Ley de tránsito por vías públicas, terrestres y seguridad vial”, se tendrán como espacios preferenciales las mujeres en avanzado estado de gravidez y ciudadanos de oro (mayores a 65).

16. Todos los centros de recreo son espacios pet friendly, siendo que cada dueño debe hacerse responsable de la permanencia y buenas condiciones de las mascotas que ingresa a las instalaciones.

Disposiciones específicas:

1. Toda persona que permanezca dentro de las instalaciones de los centros de recreo debe portar su brazalete correspondiente, de lo contrario el Encargado u otro colaborador debidamente identificado, podrá solicitarle a la persona que se registre nuevamente con el fin de verificar su condición, en caso de negativa deberá desalojar el lugar.

2. El préstamo de los accesorios para jugar ping-pong, pool y/o futbolín, así como balones, se hará únicamente a las personas colegiadas y en horario de 9:00 a. m. a 3:30 p. m. contra la presentación del carné, si estos llegaran a dañarse como consecuencia del mal uso por parte del usuario, el colegiado deberá reponer el costo del artículo. Para la práctica de los deportes que así lo requieran, la persona colegiada tendrá que traer sus implementos o artículos deportivos.

3. Se prohíbe el manejo de bicicletas dentro de los centros de recreo, únicamente se permite el uso de estas en los lugares donde se cuente con pistas de ciclismo.

A. Reservación y uso de las cabinas:
Para hacer uso de las cabinas en los centros de recreo que ofrecen este servicio, se deben acatar las siguientes disposiciones:

1. Solamente el colegiado podrá hacer reservaciones y debe hacerlo con un máximo de dos meses de anticipación a la fecha deseada, en la plataforma de reservaciones, cancelando la totalidad del monto estipulado por la Junta Directiva y adjuntando el comprobante de pago en la respectiva plataforma a más tardar 3 días después de la reservación, en caso de no cancelar en el plazo establecido o no enviar el comprobante, se anulará de oficio.

2. En temporada alta el colegiado podrá reservar como máximo dos noches, en temporada baja se podrá reservar como máximo cinco noches.

3. En caso de reservaciones para temporada alta el colegiado podrá reservar cada dos años en un mismo centro recreativo.

4. Respetar la capacidad máxima de las cabinas. Los niños menores de 3 años no cuentan dentro de la restricción, permitiéndose un máximo de 2 niños menores de 3 años por cabina.

5. Ingresar en el horario de 3:00 p. m. y máximo hasta las 7:00 p. m. En caso que la cabina esté lista antes de las 3:00 p. m. el encargado del centro de recreo puede entregarlas al usuario de manera anticipada.

6. Presentar el carné de colegiado en la entrada.

7. Entregar la cabina el último día de su hospedaje a más tardar a las 12:00 m., con el inventario respectivo, firmado por el Encargado del centro recreativo.

8. Depositar la basura y desechos en los lugares establecidos para este fin.

9. En caso de detectarse daños a la cabina o artículos, se solicitará al colegiado realizar la reposición del artículo o se creará una cuenta por cobrar a su nombre.

B. Reservación y uso de las zonas de acampar:
Para hacer uso de las zonas de acampar en los centros de recreo que cuentan con este servicio, las personas deben acatar las siguientes disposiciones:

1. Solamente el colegiado podrá realizar reservaciones, con un plazo máximo de dos meses de anticipación. En temporada alta 4 noches, en temporada baja 5 noches.

2. En caso de reservaciones para temporada alta, estas se harán únicamente vía telefónica.

3. Se permitirá un máximo de 20 tiendas, dependiendo de la capacidad de cada centro recreativo (hasta dos tiendas por persona colegiada, con un máximo de 4 personas por tienda que abarque un espacio máximo de 49m2). Los invitados cancelan el monto establecido según cuota de ingreso vigente en el centro recreativo.

4. Ingresar al centro recreativo en el horario comprendido entre la hora de apertura y máximo hasta las 7:00 p. m.

5. Presentar el carné de colegiado en la entrada.

6. Evitar la activación de alarmas y mantener motores de vehículos encendidos innecesariamente.

7. Los ranchos son de uso común, son exclusivos para preparación de alimentos, no se permite instalarse definitivamente en ellos, pues otros usuarios también tienen derecho a utilizarlos.

C. Prohibiciones en el uso de las cabinas y zonas de acampar:

1. Reservar, por una misma persona, en forma simultánea o consecutiva estos servicios. En caso de que ocurra, el Encargado del centro recreativo realizará un reporte en el sistema de reservaciones de cabinas, con el fin de que sea analizado por la Administración y tome las medidas correspondientes.

2. Realizar fogatas.

3. Trasladar activos del Colegio a zonas diferentes a las de su uso común.

4. El uso de regletas para ampliar la capacidad de los tomacorrientes.

5. Conectar artefactos eléctricos que consumen más de 1500 watts como: refrigeradoras, microondas, televisores, percoladores, plantillas eléctricas, entre otros.

6. El uso de leña y/u otro elemento de combustión diferente al carbón en las parrillas.

7. Instalar las tiendas de acampar dentro de los ranchos o salones de eventos.

8. Instalar la tienda de acampar fuera del área destinada para estos efectos.

9. Retirarse definitivamente del centro recreativo dejando a sus invitados instalados, ya que las reservaciones son un derecho intransferible, por lo tanto, el colegiado deberá permanecer hospedado en el lugar durante todos los días reservados.

10. Ingresar al centro recreativo con camper o cualquier otra adaptación diferente a la tienda de acampar tradicional.

D. Reservación de salones de eventos y ranchos:

1. Las personas colegiadas podrán alquilar los salones de eventos de los centros de recreo que cuentan con este servicio, con un máximo de seis meses de anticipación. La persona colegiada cancelará la totalidad del monto establecido por la Junta Directiva al momento de firmar el contrato en la oficina respectiva, máximo 5 días hábiles posteriores a la reservación, en caso de no hacerlo en este plazo, la reservación se cancelará de oficio; este alquiler es un derecho intransferible, por lo tanto, la persona que firma el contrato es la responsable, quien deberá de firmar una letra de cambio como garantía y tendrá que estar presente en la actividad.

2. Los ranchos 1 y 2 (grandes) del Centro Recreativo y Cultural de Alajuela y el rancho grande del Centro Recreativo y Cultural de Brasilito se reservarán con un máximo de 2 meses de anticipación. La persona colegiada cancelará la totalidad del monto establecido por la Junta Directiva máximo 1 día hábil posterior a la reservación si fue telefónica, o de forma inmediata si la reservación fuera presencial. Este alquiler es un derecho intransferible, por lo tanto, el colegiado es el responsable y tendrá que estar presente en la actividad.

3. El uso de los salones de eventos de Alajuela, Cartago, Pérez Zeledón, Puntarenas y San Carlos estarán disponibles para ser utilizados de martes a sábado todo el día. Para el domingo las actividades deben iniciar a partir de las 3:00 p. m.

4. La capacidad máxima de personas (incluyendo niños) en cada salón o rancho, en concordancia con las recomendaciones de salud ocupacional, es la siguiente:

Salón CRC Alajuela: 365 personas.
Salón CRC Pérez Zeledón: 300 personas.
Salón CRC Cartago: 130 personas.
Salón CRC San Carlos: 365 personas.
Salón CRC Puntarenas: 115 personas.
Ranchos 1 y 2 CRC Alajuela: 35 personas cada uno.
Rancho grande CRC Brasilito: 30 personas.

5. El uso de los ranchos pequeños en todos los centros recreativos es gratuito por lo tanto no se reservarán y se tendrá derecho a uno por colegiado.

6. Se permite un máximo de 5 arrendamientos por colegiado por año, quedando terminantemente prohibido el subarriendo de las instalaciones.

E. Cancelación de reservaciones de cabinas, zonas de acampar y ranchos:

1. La persona colegiada podrá cancelar su reservación 5 días hábiles antes de la fecha reservada y solicitar el 100 % de la devolución del dinero pagado por la cabina.

2. En caso fortuito o de fuerza mayor, cuando sea imposible notificar con la anticipación indicada en el punto anterior, el colegiado deberá presentar los documentos probatorios que justifican la ausencia, los cuales serán analizados por parte de la Jefatura de Desarrollo Personal y la Dirección Ejecutiva, en caso de ser aceptada dicha justificación, se podrá realizar la devolución del 100 % del dinero pagado, de lo contrario únicamente se devolverá el 50 %.

3. En el caso de usuarios que reservan zonas de acampar y ranchos, y que por alguna razón no van a hacer uso de la misma, deben comunicarlo con al menos 3 días hábiles de anticipación a la encargada de reservaciones quien habilitará esos espacios para otros usuarios, de no hacerlo se sancionará con el impedimento de volver a reservar estos servicios hasta 2 años después en cualquiera de los centros de recreo.

4. Todas las reprogramaciones de zonas de acampar y ranchos se harán únicamente para temporada baja. Los ranchos en un plazo máximo de 2 meses y zonas de acampar en un lapso máximo de un año posterior a la fecha cancelada y en apego a todas las indicaciones mencionadas en los incisos a), b), c) y d) específicos de esta política.

5. Cuando la persona colegiada no desee reprogramar la fecha reservada, puede solicitar la devolución del depósito pagado de la siguiente manera:

-Ranchos y zonas de acampar: treinta días antes de la fecha reservada, aplica la devolución del 50 % del dinero, posterior a dicho plazo solamente aplica la reprogramación.

En el caso que los ranchos grandes del Centro Recreativo y Cultural de Alajuela se encuentren sin reservación el Encargado podrá ofrecerlo al primer colegiado que lo solicite, previo al pago respectivo por el uso.

F. Uso de las canchas deportivas:

1. Para hacer uso de las canchas y gimnasio multiusos la persona colegiada debe solicitarlo con al menos 15 días naturales de anticipación al Departamento de Desarrollo Personal, mediante una nota firmada y un listado con nombres y números de cédula, de los cuales al menos el 50 % deben ser colegiados. Una vez verificada la cantidad, se procederá a informar si se aprueba o no la solicitud y se reservará el área indicada.

2. Las canchas de tenis, volleyball, basketball, fútbol playa, sintética y cancha multiusos del gimnasio, deben ser reservadas el mismo día a utilizar, mediante la boleta de solicitud respectiva (F-CCR-05). Esta reservación solo la puede realizar la persona colegiada, quien a la vez será responsable y deberá permanecer en las instalaciones durante el turno reservado.

3. Las reservaciones quedan sujetas a la disponibilidad de cada cancha y el tiempo máximo de utilización por grupo es de una hora por día, a excepción de la cancha de fútbol que puede ser hasta un máximo de una hora con treinta minutos. En caso de no haber otro grupo de usuarios registrados en turnos siguientes, los interesados podrán solicitar un nuevo turno.

G. Uso del gimnasio:

1. El gimnasio ubicado en el Centro Recreativo y Cultural de Alajuela tendrá el siguiente horario: lunes a viernes, de 6:00 a. m. a 9:00 p. m., sábado, domingo y feriados, de 6:00 a. m. a 1:00 p. m., jornada continua. Tanto en el gimnasio de pesas como en el multiuso el horario de lunes a viernes de 4:00 p.m. a 9:00 p.m. será de uso exclusivo para las personas colegiadas, por lo que el ingreso de familiares se limita máximo a las 3:00 p. m.

2. El ingreso al gimnasio será para colegiados que estén al día en sus obligaciones con el Colegio y sus familiares, mayores de 18 años, contra presentación de cédula de identidad y carné del Colypro.

3. Obligaciones de los usuarios:

a. Registrarse como usuario del gimnasio presentando su respectivo carné (en el caso del colegiado puede registrarse con su cédula de identidad).

b. Mantener el carné a mano por si es solicitado en cualquier momento por el encargado del gimnasio.

c. Acatar las indicaciones del personal del centro de acondicionamiento físico.

d. Utilizar tenis y ropa adecuada para la práctica del deporte, en el caso de los varones que utilizan pantaloneta holgada deben usar una licra por debajo, en el caso de las mujeres utilizar blusa y licra o short de un largo apropiado (máximo 20 cm por encima de la rodilla).

e. Usar sin excepción un paño para realizar cualquier actividad física o rutina en las máquinas.

f. Mantener un vocabulario y una actitud seria, de respeto hacia los funcionarios y usuarios del gimnasio, además de conducirse conforme la moral y las buenas costumbres.

g. Cuidar sus pertenencias; la Corporación proporciona casilleros para que los usuarios puedan guardarlas. Cada usuario debe aportar el candado y llave, retirándolo una vez que finalice la sesión.

h. Para los usuarios que desean realizar una rutina de contra resistencia permanente, deben presentar un dictamen médico en donde indique que está en condición de realizar esfuerzos físicos y brindarlo a los instructores, quienes deberán incluirlo en el expediente del usuario.

i. Para uso de las máquinas cardiovasculares (elíptica, bandas) deben anotarse en la lista de control, de lo contrario no podrá hacer uso de las mismas.

j. El usuario debe mantener el orden colocando donde corresponden las pesas de las barras, mancuernas y máquinas, una vez terminado el ejercicio.

H. Prohibiciones en el uso del gimnasio:

1. Utilizar lociones, aceites, bronceadores, cremas corporales entre otros.

2. Ingresar con vestimenta (ropa y calzado) no adecuados para la actividad física; en el caso de las mujeres uso de top, blusas escotadas y licras muy cortas (más de 20 cm por encima de la rodilla), en el caso de los hombres uso de licra sin pantaloneta.

3. Ingresar en condición de ebriedad.

4. Dejar pertenencias en los casilleros para hacer uso de las piscinas, sauna o jacuzzi.

5. Hacer uso de las máquinas más del tiempo asignado por el Instructor del gimnasio.

6. El ingreso de niños y adolescentes menores a 18 años al gimnasio, invitados o personas que no tengan carné.

7. Dejar objetos personales (llaves, carné, billetera, cartera, tarjetas de parqueo, entre otras) sobre el escritorio del instructor.

I. Uso de las piscinas, jacuzzi y sauna:

1. Toda persona que utilice las piscinas y jacuzzi debe acatar los siguientes lineamientos, cuyo cumplimiento será de carácter obligatorio:

a. Ducharse antes de ingresar a las piscinas y/o jacuzzi.

b. Ingresar a las piscinas únicamente con traje de baño, o en su equivalente, con camisa tipo licra, a excepción de casos debidamente justificadas que la persona colegiada comunique al guardavidas.

c. Atender las indicaciones emitidas por el guardavida y/o Encargado del centro recreativo.

d. Los flotadores de tipo seguridad (chalecos, para brazos, entre otros) se utilizarán únicamente en la piscina para niños.

e. El uso del jacuzzi y sauna es únicamente para mayores de 18 años.

f. Cada turno para uso del sauna es máximo de 45 minutos.

g. La capacidad máxima del sauna es de 15 personas por turno y en los jacuzzis de 10 personas por turno.

h. Dentro del sauna no se permite rasurarse ni utilizar aceites, cremas, lociones, mieles, ni ningún tipo de mezcla para cuidado de la piel, por tanto, solo se permite el ingreso del paño.

J. Prohibiciones en el área de piscinas y jacuzzi:

a. Permanecer dentro de las piscinas durante la lluvia y/o tormenta eléctrica.

b. El uso de vestidos de baño que expongan partes íntimas, camisetas holgadas o short de cualquier otra tela diferente a la licra dentro de las piscinas, a excepción de casos debidamente justificados que la persona colegiada comunique al guardavidas.

c. Soltar el sostén para broncearse tanto en los alrededores de las piscinas como en las demás áreas del centro recreativo.

d. Consumir bebidas alcohólicas en los alrededores de las piscinas ya que pueden poner en riesgo la seguridad de los usuarios que están en ella.

e. El uso de recipientes de vidrio en las cercanías de las piscinas y dentro de ellas.

f. El ingreso de personas que presenten vendajes de cualquier tipo, afecciones de la piel, o que hayan ingerido alcohol o drogas.

g. Hacer bromas o juegos bruscos dentro de las piscinas y sus alrededores, que atenten contra su integridad física y la de los demás.

h. La permanencia de personas adultas en la piscina de niños, salvo los casos en los que se encuentre cuidando un menor a su cargo.

i. El uso de bicicletas, patinetas u otros artículos que puedan causar accidentes alrededor de la piscina.

j. La permanencia de menores de 12 años en la piscina grande sin la compañía de sus padres o encargados.

k. Preparar y/o ingerir alimentos dentro y en los alrededores inmediatos de las piscinas y jacuzzi.

l. Aplicarse bronceadores dentro de las piscinas, el jacuzzi y el sauna.

m. Cualquier tipo de envases dentro de las piscinas.

n. Más de una persona utilizando la misma camilla de bronceado.

o. Realizar necesidades fisiológicas dentro de estas.

p. El uso de todo tipo de inflables en la piscina para adultos.

q. El uso de bolas que no sean de piscina, así como inflables de gran tamaño en las piscinas de niños.

K. Uso de la Sala de Juegos:

1. El horario de la sala de juegos es de martes a domingo, de 9:00 a. m. a 4:00 p. m.

2. Las mesas de juegos se reservan el mismo día de su uso, para tal efecto se llena la boleta respectiva (F-CCR-04). Esta reservación solo puede realizarla el colegiado o un familiar mayor de 18 años con carné, quien será responsable y debe permanecer en las instalaciones durante el turno reservado.

3. Las reservaciones quedan sujetas a la disponibilidad de cada mesa y el tiempo máximo de utilización es de 30 minutos por día. En caso de no haber otro grupo de usuarios registrados en turnos siguientes, los interesados podrán solicitar un nuevo turno.

4. Queda prohibido en la sala de juegos:

a. Usar trajes de baño o vestimenta mojada.

b. Consumo de alimentos o bebidas.

c. Usar vocabulario soez.

d. Sentarse en el marco de las ventanas o jugar con las mismas.

e. La permanencia de niños menores de 10 años sin la supervisión de un adulto.

L. Uso del parqueo:

1. El servicio de parqueo se brinda exclusivamente para los colegiados, familiares, invitados y colaboradores, con el fin de realizar gestiones o disfrutar de las instalaciones. Queda terminantemente prohibido dejar vehículos en este para realizar diligencias ajenas o salir de las instalaciones.

2. Al momento de ingresar al parqueo, el encargado de la caseta o el oficial de seguridad hará entrega de una tarjeta de parqueo al usuario, la cual devolverá al salir. En caso de extravío deberá demostrar la propiedad del vehículo y cancelar en la caja de las oficinas administrativas un monto de ¢2.000 por reposición de la misma. Los fines de semana la cancelación debe hacerse en el kiosco del centro recreativo.

3. El horario del parqueo será de lunes a domingo, de 8:00 a. m. a 9:00 p. m., salvo para los usuarios del gimnasio a partir de las 6:00 a. m. o, cuando exista alguna actividad en el salón de eventos, en cuyo caso se cierra a la hora que finaliza la misma; y para los funcionarios, hasta que termine su jornada laboral.

4. Está prohibida la conducción dentro del estacionamiento a menores de edad, adultos en estado de ebriedad o con problemas de salud u otra circunstancia que lo hagan no apto.

5. Todo usuario de motocicleta debe portar al momento de ingreso y permanencia en el parqueo, su respectivo casco.

6. La velocidad máxima permitida dentro del parqueo es de 10 Km/h.

7. El Colegio no se hará responsable por pérdida de objetos y/o daños al vehículo, es responsabilidad de los usuarios verificar que no queden objetos de valor dentro, así como asegurarse que se encuentre cerrado, las luces apagadas, el freno de mano bien asegurado, entre otros.

M. Disposiciones generales de la modalidad pet friendly:

1. Para los efectos de esta política, la modalidad pet friendly se entiende por mascota únicamente perros y gatos.

2. Es deber del propietario de la mascota dar cumplimiento a las disposiciones legales sobre la tenencia de mascotas en lo relativo a medidas de salubridad, higiene y seguridad. Así mismo deberá portar el carné de vacunación, el cual será solicitado por el personal de los CCR en cualquier momento.

3. Los propietarios deberán velar por el comportamiento y condiciones físicas de su mascota. Por ende, en el caso de presentarse riñas entre mascotas (perros o gatos) o contagio de enfermedades, será responsabilidad de sus dueños indemnizar los perjuicios que se causen en ocasión de dichos eventos a los afectados.

4. Los propietarios de las mascotas exoneran de cualquier responsabilidad a Colypro, por cualquier evento donde resulten o puedan resultar perjudicados tanto ellos como sus acompañantes, mascotas, los usuarios o visitantes y cualquier persona, por hechos o actos realizados por sus mascotas.

5. Para mantener un espacio limpio y agradable, los propietarios deberán evitar que su mascota realice sus necesidades fisiológicas en las áreas comunes (ranchos, salones, cabinas), en el caso de ocurrir inmediatamente deberá recoger y limpiar los desechos sólidos y líquidos de su mascota.

6. Los perros y gatos deberán portar en todo momento su collar y correa de manera que no podrán circular sueltos. La correa deberá ser controlada siempre por un adulto y de ninguna manera deberán ser atados a ningún objeto dentro del CRC.

7. Si se evidencia algún tipo de maltrato, abuso, violencia o trato cruel por parte de los dueños o visitantes hacia los perros y gatos que se encuentren dentro de las instalaciones, se dará aviso a las autoridades competentes para que tomen las medidas de protección establecidas por la Ley.

8. De ser necesario, el propietario de la mascota será el responsable de determinar si la misma debe ingresar y permanecer con bozal u otro dispositivo de seguridad además de la correa y el collar.

9. El propietario de la mascota es responsable de los daños y perjuicios que ocasione esta a la propiedad de Colypro. En caso de detectarse algún daño, el Encargado del centro de recreo elevará la situación a la jefatura para que se proceda con el cobro respectivo.

10. En caso de que la mascota cause algún daño a activos del Colegio, el costo del mismo será cobrado al colegiado responsable.

11. En el uso de cabinas los dueños deben llevar la propia cama de cada mascota.

12. Se permite un máximo dos mascotas por colegiado.

N. Prohibiciones de la modalidad Pet friendly

1. La circulación de mascotas por la zona del restaurante, quiosco de comidas y piscinas.

2. Dejar las mascotas solas y/o encerradas dentro de los vehículos que se encuentran en la zona de estacionamiento o en las cabinas, en los casos de los centros de recreo que cuenten con estos espacios.

3. Dejar las mascotas solas y/o amarradas, fuera de la vigilancia de una persona.

4. Que el mobiliario como bancas, mesas, sillones, camas, etc., sea usado por las mascotas.

5. Más de dos mascotas por colegiado.

O. Uso de pista de ciclismo:

1. En esta área del centro de recreo únicamente se permite el uso de bicicletas, está prohibido el uso de patinetas, patines, scooters o similares.

2. Es obligatorio el uso del casco de seguridad.

3. Para que los menores de edad pueden practicar en esta pista, se requiere la supervisión de un adulto.

4. Los niños menores de 6 años deben utilizar protección en extremidades inferiores y superiores (rodilleras y coderas).

5. Los daños que sufran las bicicletas como producto del propio uso en esta área, quedan bajo la responsabilidad del usuario.

6. Los usuarios de este espacio deben aplicar las medidas de seguridad en todo momento mientras practican este deporte.

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Política "Uso de los centros de recreo"

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