Asamblea General Ordinaria 2021

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Comunicado oficial
Asamblea General Ordinaria 2021

Según el artículo 14 de la Ley N.° 4770 y sus reformas, la Asamblea General sesionará, ordinariamente, una vez al año en el mes de noviembre, para examinar la gestión del Colegio en aspectos económicos, administrativos y educativos, entre otros.

Nuevamente, en el año 2021, por motivos de los controles sanitarios impuestos por el Ministerio de Salud  y en cumplimiento de la Ley N.° 9866 (reformada por la Ley N.° 9956), según artículo 2, para las organizaciones que se citan en el artículo 1 de dicha Ley, que incluye a los colegios profesionales (inciso f), para el presente año queda suspendida también la Asamblea General Ordinaria CXII, dejando en poder de la Junta Directiva la aprobación del presupuesto ordinario para el año 2022, conforme a los deberes establecidos en el artículo 13 de la Ley N.° 4770 y sus reformas.

Al igual que el año anterior, luego de explorar y agotar, razonablemente, las opciones que permiten realizar una actividad en la modalidad virtual, se llegó a la conclusión de que no existe servicio de videoconferencia basado en la nube que permita albergar a más de 10.000 personas, de manera sincrónica, para garantizar los principios de simultaneidad y de deliberación propios de esta actividad, así como el derecho a voz y voto que tiene cada una de las personas colegiadas en caso de asistir a la Asamblea General, considerando que el número de potenciales participantes, supera en mucho la cantidad máxima de personas que se pueden conectar a la vez, en las condiciones indicadas.

De tal forma, no es posible realizar una reunión virtual donde se requiere, simultáneamente que haya audio, video y transmisión de datos según Dictamen de la PGR C-298-2007, acorde además, con los requerimientos establecidos en la Ley N.° 4770 y sus reformas, relacionados con la convocatoria, cuórum, revisión periódica del mismo, presentación de mociones, solicitudes de palabra, votación de acuerdos, entre otros.

Así las cosas, y según lo indicado en la legislación vigente, será la Junta Directiva quien, en una sesión extraordinaria, cumplirá con los deberes de la Asamblea General encomendados en el artículo 13 inciso e) de la Ley N.° 4770 para el funcionamiento de la Corporación.

Oportunamente, se publicarán los Informes Anuales de Junta Directiva, Tesorería y Fiscalía que permitirán a las personas colegiadas conocer los resultados de la gestión del Colegio en el periodo 2020-2021.

Consulte la documentación técnica y legal respectiva en este enlace.

Junta Directiva
Noviembre, 2021

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