Requisitos de Incorporación
Los profesionales que soliciten la incorporación al Colegio deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Gestionar personalmente la incorporación, o en su lugar, por medio de un poder especial debidamente protocolizado ante un notario público, o legalmente autenticado por un abogado. Deberá completar por escrito, el formulario FPLAT01, firmarlo y adjuntar los documentos requeridos por el Colegio. Para todos los efectos legales, la dirección indicada por el solicitante se tendrá por válida; al momento de que el colegiado cambie de dirección deberá comunicarlo por escrito a El Colegio.
- Aportar original y dos fotocopias del título expedido por la entidad de enseñanza superior debidamente reconocida de acuerdo con las normativas vigentes en el país. El grado y título que ostenten los profesionales, solicitantes de incorporación, deben estar contemplados en el artículo Nº 3 de la Ley Orgánica; expresando claramente la carrera y la especialidad.
- Aportar certificación original emitida por la Institución que graduó, que contenga:
- Calificación obtenida en cada asignatura de la malla curricular o pensum, aprobado por CONARE, CONESUP o Consejo Superior de Educación, según corresponda, con su fecha de rige.
- Número de créditos por asignatura
- Período de aprobación
- Indicación de las asignaturas convalidadas, aprobadas por tutoría y/o por suficiencia.
- Si presenta asignaturas convalidadas deberá aportarse certificación original de la aprobación de ellas, extendida por la institución de origen; además mediante copia certificada del acta de convalidación o documento equivalente, deberá indicar cual vale por cual. En caso de duda, se le prevendrá al solicitante aportar los programas de estudio de las asignaturas convalidadas entre sí.
- Adjuntar dos fotografías tamaño pasaporte, recientes y tomadas de frente.
- Aportar una fotocopia nítida de la cédula de identidad -o su equivalente por ambas caras del documento, en un solo lado de la hoja.
- Aportar original y una fotocopia del diploma de Bachillerato en Enseñanza Media; o, en su lugar, certificación válida emitida por la institución respectiva, y refrendada por la respectiva Dirección Regional de Educación.
- Pagar los aranceles de incorporación establecidos por la Junta Directiva.
* Artículo 6º Manual de Incorporaciones del Colegio de Licenciados y Profesores en Letras, Filosofía, Ciencias y Artes, publicado en la Gaceta número 195 del jueves 9 de octubre de 2008.